Durante el foro Estado de la justicia y la democracia en Venezuela, organizado por la ONG Acceso a la Justicia, la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ) y el Instituto de Ciencia Política Hernán Echavarría (ICP), que se llevó a cabo en Bogotá, Colombia, juristas, comunicadores sociales y expertos en justicia, corrupción y crimen organizado disertaron acerca de la situación que atraviesa el país y los escenarios que se presentan ante una posible transición.
Controlar el sistema de justicia, permitir que los largos tentáculos de la corrupción se posen sobre ámbitos políticos y militares y dar rienda suelta a la impunidad se han convertido en métodos instaurados por gobiernos que, aun cuando han llegado al poder a través de los votos, lo ejercen de facto. Para ejemplo un botón: el caso Venezuela.
Las consecuencias de 20 años de ineficiencia, destrucción del aparato productivo, control social a través de mecanismos perversos como el Carnet de la Patria y los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (CLAP), redes de corrupción, mal manejo en los recursos para la dotación de medicinas y alimentos, entre otros muchos problemas, han generado una emergencia humanitaria compleja que ha obligado a más de tres millones de venezolanos a emigrar a otros países de la región y de Europa.
David Lovatón Palacios, consultor de la Fundación para el Debido Proceso en Perú; Joseph Poliszuk, periodista y editor del portal Armando.Info, Alí Daniels, director de la ONG Acceso a la Justicia, y Laura Louza, directora ejecutiva de Acceso a la Justicia participaron como ponentes en el evento.
Jueces políticos
Por lo menos 40% de los jueces activos que integran el sistema judicial venezolano simpatizan y/o son militantes de base del Partido Socialista Unido de Venezuela; 8% son, o han sido, contratistas del Estado, muchos en el ejercicio de sus funciones.
Otros han cumplido roles paralelos como haber sido suplentes del Consejo Nacional Electoral al tiempo que tenían el mismo rol en la Sala Electoral de Tribunal Supremo de Justicia. Antes o después de haber ejercido funciones como juristas han sido parlamentarios, representantes de gremios bolivarianos o ministros. El concepto de independencia y autonomía en el sistema de justicia venezolano no existe.
Así lo describió Joseph Poliszuk durante su ponencia Jueces políticos, investigación periodística en la cual se identificaron jueces con vínculos políticos y económicos con el gobierno, cruzando bases de datos de los nombres de todos los jueces venezolanos con las listas de militantes del partido de gobierno así como la del Registro Nacional de Contratistas.
“Siempre hablamos de presos políticos, pero para que haya presos políticos tiene que haber jueces políticos. Creo que ellos son tan responsables como los generales de lo que está pasando en Venezuela” señaló Poliszuk.
El Poder Judicial tiene 1.125 tribunales penales. La primera entrega de la investigación de Armando.Info –se han publicado dos y preparan una tercera– confirmó los nombres de 823 de ellos. De ese grupo, 332 aparecen en una de las listas de militantes del PSUV entre los años 2007, 2012 y 2013 o, incluso, en las del anterior partido Movimiento V República, liderado por el fallecido Hugo Chávez. 19 de estos 332 jueces se encuentran refrendados en todas las listas del chavismo. Poliszuk nombra a varios de estos que han tenido a su cargo juicios relevantes.
En la segunda parte de la investigación se cruzó la base de datos de los jueces con la del Registro Nacional de Contratistas. Los jueces tenían vínculos empresariales con el gobierno: “De los casi 6.000 jueces que hemos tenido en 20 años, en todas las áreas, 461 jueces de ellos (8%) son o han sido contratistas del Estado. Constructores, tienen cooperativas, importadoras, y encontramos casos increíbles como que asfaltan calles y firman sentencias”, dijo Poliszuk.
“Si tengo que escoger un momento clave de lo que estamos viviendo es cuando en 2014, siete jueces penales, sin competencia en el ámbito electoral, prohibieron celebrar el referéndum revocatorio en contra del presidente Nicolás Maduro”.
Dominar la justicia para mantenerse en el poder
La experiencia de otros países de América Latina que han emprendido transiciones democráticas es indispensable para el caso venezolano, aunque cada una tenga elementos particulares. De allí la participación de David Lovatón, abogado, magister en Derecho Constitucional y director del Centro de Investigación, Capacitación y Asesoría Jurídica (CICAJ) de Perú, quien explicó que el Tribunal Constitucional de su país es uno de los órganos judiciales más prestigiosos, aunque no siempre fue así, pues durante el régimen de Alberto Fujimori (1990-2000) el cáncer de la corrupción y la impunidad convirtieron al Poder Judicial peruano en una de las armas de manipulación y control político fujimorista.
Lovatón describió las “técnicas” que utilizó el fujimorismo para corromper y controlar el sistema judicial. Advirtió del uso de esos métodos en casos como el que se observa hoy en Venezuela: “Un eje central del régimen autoritario en Perú fue el control del sistema judicial.
Es muy importante resaltarlo y quiero hacer un paralelo con lo que está ocurriendo en Venezuela, porque este régimen de Fujimori en los noventa inaugura el nuevo autoritarismo que comenzó a crecer en América Latina en virtud del cual los autócratas llegan al poder no a través de un cuartelazo ni de los tanques, sino de elecciones y una vez en el poder vacían de contenido, paulatinamente, esa democracia que les permitió su ascenso”.
Para Lovatón los gobiernos totalitarios hieren la democracia para mantenerse en el poder: “En esos regímenes autocráticos un eje central es el control del Poder Judicial. Por varias razones: para asegurar la impunidad de sus actos de violación de derechos humanos y sus graves actos de corrupción y para asegurar la reelección”.
Lovatón Palacios explicó que luego de la caída del régimen fujimorista se creó la Comisión de la Reforma Integral de la Administración de Justicia (Ceriajus) de la que fue miembro, a través de la cual se elaboró un plan de reforma integral de la administración de justicia en democracia.
“La Ceriajus dejó un proceso de reforma procesal penal, un subsistema fiscal judicial de derechos humanos que en Perú se llama la Sala Penal Nacional y que tiene a su cargo el juzgamiento no solo de las graves violaciones a los derechos humanos, sino casos de gran importancia, algo parecido a lo que es la Audiencia Nacional en España. Nos dejó leyes de carrera judicial y fiscal muy importantes para promover la meritocracia, tanto en la judicatura como en los fiscales”.
La toma del poder absoluto
Conocer los orígenes del debilitamiento institucional en Venezuela es indispensable para comprender los hechos y sus alcances. En su ponencia El estado de la justicia y la democracia en Venezuela, Laura Louza, fundadora y directora de la ONG Acceso a la Justicia, explicó a la audiencia cómo se inició la crisis institucional y judicial en el país desde que en 1999 un nuevo régimen político autodenominado “chavismo” llegó al poder de manera democrática, vendiéndose como una socialdemocracia, pero a cambio creó una verdadera hoja de ruta para la toma del poder absoluto.
Para lograr ese cometido, puntualiza la abogada, el sistema de justicia resultaba clave, por lo cual de manera inconstitucional controló a los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y sobre todo de la Sala Constitucional desde la cual se cambió el Derecho y con el tiempo se fue controlando todo el país y toda la sociedad.
La fundadora de Acceso a la Justicia puntualizó que desde la elección del nuevo Parlamento en diciembre de 2015 (con 2/3 partes de oposición) se ha dado un golpe de Estado institucional debido a que los venezolanos están frente a una “violación deliberada de las formas constitucionales por un grupo que detenta el poder”, como lo establece la definición de Norberto Bobbio, jurista y politólogo italiano, en su Diccionario de Política. Adicionalmente, de manera paulatina el gobierno fue anulando a la Asamblea Nacional mediante 90 sentencias y luego en 2017 con la instauración de una Constituyente (ANC).
El acoso hacia el Poder Legislativo arreció con el enjuiciamiento y encarcelamiento de varios diputados sin respeto de su inmunidad parlamentaria y sin el debido proceso, incluso a través de la justicia militar.
Otras formas en las que se ha concretado el golpe de Estado institucional, como repasó Louza, es a través del Estado de Excepción decretado por Nicolás Maduro –sin aprobación del Parlamento como manda la Constitución– el cual prorroga cada 60 días; el hecho de que Maduro gobierna por decretos-leyes, tiene un control absoluto del presupuesto y recursos del país sin presentar cuentas a la población; la instalación de un gobierno de facto; la extensiva militarización; el nombramiento de autoridades de hecho con la designación del defensor del Pueblo, el contralor general y el fiscal general por la Asamblea Constituyente, al igual que los magistrados del Tribunal Supremo que se plegaron a la ANC.
Esta toma absolutista del poder ha conllevado no solo a un grave debilitamiento del estamento democrático, sino que la consecuencia fundamental ha sido la emergencia humanitaria compleja derivada del quiebre institucional: el Estado ya no está al servicio del ciudadano ni le presta servicios, solo actúa para reprimir y mantenerse en el poder; ha perdido capacidad para cubrir las necesidades básicas de la población; los ministerios y otros organismos del Ejecutivo Nacional funcionan por inercia, no hay inversión ni respuesta; la crisis es multifactorial; se ha perdido la normalidad de la vida en la sociedad venezolana, y el país sufre un indetenible éxodo masivo.
Civiles procesados por la justicia militar
El uso de la justicia para fines políticos a conveniencia del partido de gobierno no se limita al ámbito civil, pues como explicó el abogado Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia, en su ponencia Justicia militar. En Venezuela esta rama de la justicia cobró especial vigencia durante los cuatro meses de manifestaciones contra el gobierno nacional en 2017 cuando 757 civiles fueron detenidos por el aparato represivo y procesados por tribunales castrenses.
“Eso constituyó un claro ejemplo de cómo la justicia militar en Venezuela viola la Constitución, pues el artículo 49 de la Carta Magna prevé el derecho de los ciudadanos al debido proceso y a ser juzgados por jueces naturales. En el artículo 261 del texto fundamental se establece que la competencia de los tribunales militares se limita a delitos de naturaleza militar, nunca a civiles protestando pacíficamente en las calles”.
Pero esa arbitrariedad persiste. Daniels afirma que en el marco de la emergencia humanitaria compleja y el desmantelamiento institucional, ambos responsabilidad del régimen político venezolano, la justicia militar continúa jugando un papel trascendental al ser instrumentalizada por el Ejecutivo Nacional como medio para obtener más poder y como mecanismo de represión, lo cual califica como un uso perverso de la justicia militar.
Explicó que el Código de Justicia Militar que se aplica actualmente en Venezuela entró en vigencia en 1933 durante la dictadura de Juan Vicente Gómez y la concibe como parte del Poder Ejecutivo, no del Poder Judicial como lo establece la Constitución de 1999 que es la vigente en este momento (artículo 261). Ese instrumento legal “no ha sido cambiado en lo sustancial, sino solo en lo procedimental.
A pesar de que la Constitución en sus artículos 254 y siguientes establece la autonomía del Poder Judicial, dentro del cual está la justicia militar, que depende del Tribunal Supremo de Justicia, lo cual cumple con los estándares internacionales de independencia y autonomía, pero en Venezuela esas normas no se cumplen. Muestra de ello es que, por ejemplo, en un solo acto del Ejecutivo Nacional se nombraron tres cargos del sistema de justicia militar: presidente de la Corte Marcial, fiscal militar y defensor público militar, y además el acto lo realizó una ministra. Esto no solo es una usurpación de funciones por parte del Gobierno respecto del Poder Judicial y el Poder Ciudadano (Ministerio Público) de espaldas a la Constitución y de los tratados internacionales firmados por la República. El hecho no fue aislado, pues la situación se repitió cuando fue nombrado el siguiente presidente de la Corte Marcial por un nuevo ministro de la Defensa.
La arbitraria dada de baja a jueces militares que fueron nombrados siguiendo el correcto procedimiento es otro elemento que, a juicio de Daniels, demuestra cómo el Ejecutivo controla y manipula la justicia militar. Un informe de este procedimiento ilegal fue consignado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), pues ocurrió ante el del máximo tribunal, quien ratificó el acto usurpador del Poder Ejecutivo mediante la juramentación de los jueces de la Corte Marcial, nombrados por aquel.
Diagnóstico y propuestas
El diagnóstico de la administración de justicia en Venezuela obliga a plantear propuestas para rescatarla e iniciar un proceso de reinstitucionalización. Laura Louza, fundadora y directora de la ONG Acceso a la Justicia, ofreció a través de su ponencia Primera propuesta para la reinstitucionalización de la justicia en una etapa de transición en Venezuela, un contexto necesario para lograr la reinstitucionalización.
Louza partió de que Venezuela afronta una crisis multifactorial y una emergencia humanitaria compleja que responde a la desinstitucionalización y a la falta de Estado, lo cual tiene un impacto directo en la administración de justicia y en el acceso a la justicia en el país.
Exhibió indicadores que demuestran el estado agónico de la justicia en Venezuela: de acuerdo con la ONG World Justice Project (WJP), que evaluó 126 países, Venezuela está en el último lugar de respeto al Estado de Derecho, también en el último en cuanto a la aplicación de la justicia penal, mientras que en materia de justicia civil ocupa el penúltimo peldaño del estudio. Para esa organización los mayores problemas en la administración de justicia en el país son la corrupción, el retardo procesal y la influencia gubernamental.
Acceso a la Justicia presentó su propuesta de reinstitucionalización de la administración de justicia que se cimenta en dos perspectivas: independencia judicial y acceso a la justicia.
Para atender la independencia judicial, Louza plantea que los jueces deben ser nombrados por méritos y con la participación de la sociedad civil como establece la Constitución; que se debe hacer una enmienda a la Constitución en lo relativo a la prohibición de la asociación de jueces, pues eso afecta su independencia según los principios básicos de independencia judicial de la ONU; y que la función administrativa del Poder Judicial se concentre en la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM) y no se mezclen funciones jurisdiccionales con administrativas como ocurre desde que el Tribunal Supremo de Justicia (desde el 2000) actúa como órgano de gobierno y administración del Poder Judicial sin dejar a la DEM ejercer su rol. .
Para que el ciudadano tenga acceso a la justicia, la organización propone crear una comisión mixta, con miembros nacionales e internacionales, que haga una veeduría para que los nombramientos de las autoridades en materia de justicia sean acordes con los principios internacionales y que la CIDH tenga un rol más activo en el seguimiento y monitoreo de los procesos judiciales, en el nombramiento de jueces y magistrados y rendición de cuentas del Poder Judicial.
Pero también identifica las barreras a superar para lograr reformas y avances. A juicio de la organización WJP, la más importante es la influencia política en el Poder Judicial, además de la discriminación política en los tribunales, el costo de la justicia –Venezuela es el país de la región donde hay que pagar más por abogados y tribunales, aunque la Constitución establece la gratuidad de estos últimos– y, finalmente, el retardo judicial.
Apuntes de justicia transicional
No es viable hacer una depuración absoluta de naturaleza política en el sistema de justicia que parezca una cacería de brujas, pues con eso se radicalizaría más la situación, advirtió Laura Louza. “Lo ideal sería instaurar una comisión que tenga participación internacional en la cual se haga una revisión, respetando todos los principios al debido proceso para los más de 2.000 jueces que hay actualmente y de allí que se decida quiénes pueden seguir en el Poder Judicial y quiénes no”.
Una de las recomendaciones más importantes es que el proceso de justicia transicional se “socialice” con los ciudadanos para que recuperen la confianza en la justicia. Hay que acercarlos a métodos alternativos de resolución de conflictos y evaluar cómo integrar a las personas al proceso de justicia transicional, pero sin amnistías sobre crímenes de lesa humanidad, inadmisibles en el Sistema Universal de Derechos Humanos y de justicia penal internacional.
Considera que la participación de la sociedad civil debe ser determinante en la transición, pues no todo lo pueden hacer los grupos políticos, porque no tienen capacidad técnica suficiente, ni recursos humanos y sobre todo, no tienen información suficiente ni diagnósticos completos para hacer los cambios requeridos. Este trabajo en los últimos 10 años lo han hecho las ONG en Venezuela, sustituyendo incluso la academia, por no contar esta con los recursos necesarios.
Otro paso de la transición política sería la ratificación de la Convención Americana de Derechos Humanos, seguido de un caso de litigio estratégico en el sistema interamericano que evidencie los crímenes internacionales y que active la cooperación de los Estados aliados, aprovechando el apoyo que ha tenido internacionalmente el gobierno interino. En materia de una transición institucional, Louza identifica que la reforma del Poder Judicial será más a largo plazo en vista de la necesidad de generar un nivel de fortaleza en el Estado de Derecho, lo que se puede hacer en la transición es depurar el sistema de justicia y mejorar sus procesos. Una vez hecho esto en los primeros dos años de la transición es que se podrá pasar a la reforma judicial como tal.